Cancelación en la firma
Lo habitual es que, el día de la escritura, parte del precio se destine a pagar la deuda pendiente al banco, que firma o se compromete a la cancelación. El comprador recibe la vivienda libre de cargas.
Pide el certificado de deuda
Solicita al banco un certificado con la deuda exacta a la fecha de firma.
Comisiones
Puede haber comisión por amortización anticipada, con límites legales según el tipo de hipoteca y su fecha.
Subrogación
El comprador puede subrogarse en tu hipoteca si el banco acepta, aunque es poco frecuente en segunda mano.
Cancelación registral
Pagar la deuda no elimina la carga del Registro automáticamente: hay que otorgar escritura de cancelación e inscribirla.
Vender y comprar a la vez
Si vendes para comprar otra vivienda, coordina las fechas o negocia un préstamo puente. Algunas entidades permiten trasladar la hipoteca de una vivienda a otra mediante novación.
Cancelación económica y registral
Pagar la deuda es la cancelación económica. Para que desaparezca del Registro hace falta la escritura de cancelación e inscribirla. Pide al banco que lo deje resuelto o encárgalo a una gestoría.
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender si debo más de lo que vale?
Necesitarás cubrir la diferencia o negociar con el banco.
¿Quién paga la cancelación registral?
Normalmente el vendedor.
¿Cuánto tarda?
Se coordina para la fecha de la escritura.
¿Se puede trasladar la hipoteca a otra casa?
Algunos bancos lo permiten con novación.