Qué es
La Ley de Ordenación de la Edificación obliga al promotor de edificios de vivienda a contratar un seguro que cubra durante diez años los daños materiales por vicios o defectos estructurales.
Qué cubre
Daños en cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga y otros elementos estructurales que comprometan la resistencia y estabilidad.
Qué no cubre
Acabados, instalaciones o humedades que no sean estructurales. Para eso están los plazos de uno y tres años de la LOE frente a constructor y agentes.
Cómo reclamar
- Documenta el daño con fotos y fechas.
- Comunícalo a la aseguradora identificada en la escritura o en la documentación del edificio.
- Si es elemento común, a través de la comunidad.
Al comprar de segunda mano
El seguro sigue cubriendo dentro de los diez años aunque cambie el propietario.
El libro del edificio
Al recibir la vivienda, el promotor debe entregar documentación del edificio, que incluye datos de los agentes y de las garantías. Guárdala: la necesitarás para cualquier reclamación.
Diferencia con el seguro de hogar
El decenal cubre daños estructurales por defectos de construcción; el de hogar, incidencias como fugas, incendios o robos. Son complementarios.
Preguntas frecuentes
¿Dónde veo la aseguradora?
En la escritura de obra nueva o el libro del edificio.
¿Cubre grietas en tabiques?
Solo si derivan de un problema estructural.
¿Es obligatorio en autopromoción?
Hay excepciones para el autopromotor de vivienda propia.
¿Y si el promotor desaparece?
El seguro sigue vigente.