En este artículo
Lo que aporta el vendedor
| Documento | Para qué |
|---|---|
| Escritura de propiedad | Acredita cómo la adquirió |
| Nota simple reciente | Titularidad y cargas |
| Último recibo del IBI | Referencia catastral y que está al corriente |
| Certificado de la comunidad | Que no hay deudas |
| Certificado energético | Obligatorio para vender |
| Cédula o licencia de primera ocupación, si aplica | Habitabilidad, según comunidad autónoma |
| Últimos recibos de suministros | Cambio de titularidad |
| Certificado de cancelación de hipoteca, si la hay | Liberar la carga |
Lo que necesita el comprador
- DNI o NIE.
- Documentación de la hipoteca: nóminas, declaración de la renta, vida laboral.
- Justificante del origen de los fondos.
- Informe de inspección, si lo encarga.
Cuándo se pide cada uno
- Antes de las arras: nota simple, IBI, certificado de comunidad, actas, certificado energético e inspección.
- Para la hipoteca: documentación económica y tasación.
- Para la notaría: todo lo anterior actualizado y el certificado de cancelación de cargas.
Preguntas frecuentes
¿El certificado de comunidad es obligatorio?
El vendedor debe declarar en la escritura que está al corriente y aportar el certificado, salvo que el comprador le exonere expresamente, algo poco recomendable.
¿Y si la vivienda es una herencia?
Hay que haber aceptado y, normalmente, inscrito la herencia antes de vender.
¿Hace falta cédula de habitabilidad en Madrid?
Lo explicamos en cédula de habitabilidad en Madrid.
¿Quién pide la nota simple?
Cualquiera de las partes; el comprador debería pedirla siempre por su cuenta.